En dicho caso, y pese al intento por parte de la trabajadora de llegar a un acuerdo con la empresa sobre la concreción horaria de la reducción de jornada, la empresa se cerró en banda y la trabajadora, finalmente optó por acudir a la vía judicial.
Como dijimos en el artículo a qué hace referencia la conciliación de vida familiar y laboral, éste es un procedimiento de tramitación preferente, sin necesidad de realizar conciliación previa. El procedimiento se ha tramitado en los juzgados en dos meses, desde la presentación de la demanda hasta la efectiva obtención de la sentencia.
En este caso concreto, la empresa básicamente se negaba a que la trabajadora realizase un turno fijo de mañanas, y aprovechando su regreso de la baja maternal pretendía que realizase turnos rotativos como algunos de los trabajadores de la empresa. La empresa no se negaba a que la trabajadora hiciese reducción de jornada, pero sí al horario en qué la realizaría. Por su lado la trabajadora, alegaba que antes de la baja maternal, llevaba más de 4 años realizando el turno fijo de mañanas, por lo que la concreción horaria del derecho a la reducción de jornada debía realizarse dentro de esa franja horaria.
Finalmente, después de practicarse las pruebas pertinentes en el acto de juicio, se consiguió acreditar que efectivamente la trabajadora llevaba años disfrutando de un turno fijo de mañanas, pese a que la empresa operara con turnos rotativos.
Ante estas circunstancias, el juez entendió que la jornada laboral de la que venía disfrutando la trabajadora, se correspondía con el establecimiento de una condición más beneficiosa, que se perpetuó en el tiempo y contó con la aquiescencia de la empresa. El juez estableció en su sentencia que como condición más beneficiosa está incluida en el vínculo contractual, por voluntad del empresario, y no puede modificarse salvo que se acrediten especiales dificultades de tipo organizativo.
Por todo ello, se estimó íntegramente la demanda y dado que la misma no es recurrible, devino firme desde esa fecha.
Ruth Gonzalez Rando
Abogada