Hace unos años, cuando empezaron a abundar las reclamaciones por cláusula suelo, algunas entidades bancarias promovieron la suscripción de acuerdos con sus clientes, consistentes en excluir del contrato de préstamo la cláusula suelo, pero con renuncia del consumidor afectado a reclamar los atrasos indebidamente abonados.
Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la validez de estos acuerdos.
El criterio del TJUE al respecto se puede resumir en los siguientes puntos:
- La renuncia del consumidor solo es válida si en el momento de firmarla y aceptarla era conocedor del carácter no vinculante de la cláusula suelo y de las consecuencias jurídicas de dicha no vinculación. El consumidor debió prestar un consentimiento libre e informado.
- Es de vital importancia que el consumidor dispusiera, previamente a celebrar el acuerdo, de información sobre las condiciones del mismo y sobre las consecuencias de su celebración.
- A los efectos anteriores, en necesario que se pusiera a disposición del consumidor información acerca de la evolución en el pasado del índice en base al cual se calcula el tipo de interés de su hipoteca.
- En resumen y en definitiva, el TJUE determina que “la cláusula estipulada en un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor para la solución de una controversia existente, mediante la que el consumidor renuncia a hacer valer ante un juez nacional las pretensiones que hubiera podido hacer valer en ausencia de esta cláusula, puede ser calificada como “abusiva” cuando, en particular, el consumidor no haya podido disponer de la información pertinente que le hubiera permitido comprender las consecuencias jurídicas que se derivaban para él de tal cláusula”.
Se trata de una sentencia muy beneficiosa para los intereses de los consumidores, puesto que permite declarar la nulidad del acuerdo suscrito, si se dan unas determinadas condiciones, lo que permitiría a su vez reclamar todos los atrasos indebidamente abonados por aplicación de la cláusula suelo.
Si firmaste algún acuerdo de este tipo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, y valoraremos tu caso.