¿Sabes en qué consiste la cobertura de defensa jurídica?
La cobertura de defensa jurídica viene recogida en la Ley del Contrato de Seguro.
El asegurado tiene derecho a elegir libremente Procurador y Abogado que le representen y defiendan en cualquier clase de procedimiento.
Y, en virtud de la indicada cobertura de defensa jurídica, la compañía aseguradora está obligada, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que incurra el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, cuando haya designado abogado y procurador particular.
Como consecuencia de lo anterior, has de saber que, si eres víctima de un accidente de tráfico, tienes derecho a escoger un abogado o abogada que te represente y formule la pertinente reclamación, debiendo correr tu aseguradora con los gastos que implique dicha representación.
Sin embargo, debes tener en cuenta que suele establecerse en la póliza de seguro un límite cuantitativo respecto al reembolso de dichos gastos, límite cuantitativo que suele oscilar entre los 300 y los 3.000 €.
Si has sido víctima de un accidente de tráfico, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.