En la actualidad son muchos los desplazamientos que realizamos con coche, hecho que aumenta las probabilidades de sufrir un accidente de tráfico. Por ello, es importante saber cómo tenemos que actuar en caso de accidente, siendo de vital importancia conocer los plazos de los que disponemos para poder reclamar los daños personales y materiales a la compañía de seguros obligada, por ello es importante contar con un abogado especializado en accidentes.
En concreto, para saber cuál es el plazo para reclamar los daños y perjuicios derivados de un accidente de circulación tenemos que acudir a la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Ésta, en su artículo séptimo, dispone que tanto los perjudicados como sus herederos tendrán acción directa para exigir a la aseguradora la satisfacción de los daños personales y materiales durante el plazo de un año.
Plazos para reclamar daños por un accidente de tráfico.
Pero, ¿cuándo empieza a contar este plazo? En este caso, tenemos que diferenciar entre los daños personales y los daños materiales.
En relación con los daños personales, el plazo para reclamarlos judicialmente es de un año desde el alta médica del perjudicado por curación o estabilización del proceso lesivo (o, en su caso, desde la fijación de la incapacidad fruto del accidente), puesto que es el momento en el que se tiene pleno conocimiento de los días de curación de las lesiones y de las secuelas sufridas como consecuencia del accidente.
No obstante, el plazo para reclamar los daños materiales (es decir, los daños sobre los vehículos, entre otros bienes que puedan haber sufrido desperfectos fruto del accidente) es de un año desde la fecha en que ocurrió el accidente de tráfico en cuestión.
En este sentido, es necesario saber que, con carácter previo a la interposición de la demanda judicial, el perjudicado tiene que comunicar el siniestro a la compañía de seguros obligada, reclamándole la indemnización que corresponda por los daños sufridos.
La compañía de seguros dispondrá de un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la reclamación realizada para comunicar al perjudicado su oferta motivada de indemnización.
En conclusión, el cálculo del plazo de reclamación de los daños a la compañía de seguros no siempre es sencillo. Por ello, siempre será de ayuda la opinión de un experto en la materia, siendo muy importante el asesoramiento inicial que pueda recibir el perjudicado para diseñar la estrategia de defensa, tanto a nivel judicial como extrajudicial.