¿Sabes que desde el 30 de abril de 2021 puedes contraer matrimonio civil ante notario, sin necesidad de tramitar previamente expediente matrimonial ante el Registro Civil?
Ésta puede ser una buena opción en los casos en que sea complicado obtener cita ante el Registro Civil de la localidad en la que desees casarte.
El matrimonio ante notario evita trámites burocráticos, siendo un proceso más rápido y cómodo.
En cuanto al procedimiento concreto, la boda ante notario implica dos visitas a notaría.
La primera, para tramitar el expediente matrimonial. El notario revisará el expediente para comprobar que no exista impedimento legal para contraer matrimonio.
La segunda, para emitir el acta matrimonial. El notario, con resolución favorable del expediente, podrá emitir el acta de matrimonio e inscribirlo en el Registro Civil correspondiente.
El único perjuicio que supone el matrimonio ante notario, frente al matrimonio en el Registro Civil, es que implica un coste económico, los aranceles notariales.