
La nueva Ley de tráfico, que ya ha entrado en vigor, establece la revisión de diversas sanciones, entre ellas las relacionados con el uso de teléfonos móviles al volante.
Se eleva la sanción por el uso del teléfono móvil, que ahora conlleva multa de 200 € y retirada de 6 puntos de carné (anteriormente eran 3).
Adicionalmente, se introduce expresamente la prohibición de sujetar el móvil con la mano mientras se conduce, y esta prohibición se extiende también al momento en el que el vehículo se halle parado por circunstancias del tráfico (por ejemplo, parado ante un semáforo en rojo).
El texto de la norma está recogido en el apartado G del artículo 76, de infracciones graves, de la Ley de Trafico, que establece expresamente lo siguiente:
“g) Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.”