En este artículo analizaremos los distintos supuestos en los que se puede reclamar contra la Administración por una caída en la vía pública.
En primer lugar, hemos de precisar que no cabe la reclamación si la vía pública se encuentra en buen estado de mantenimiento y conservación. La Administración municipal es la responsable del correcto estado de la vía pública. Lamentablemente, es muy habitual que el estado del mobiliario público urbano y de las vías no sea del todo el adecuado.
Si, como consecuencia de una baldosa en mal estado, de un desnivel en la calzada, de una rendija en el pavimento, de una reja fuera de lugar…sufres una caída, tienes derecho a reclamar a la administración municipal una indemnización que repare íntegramente los perjuicios que hayas sufrido por la caída.
La respuesta de la Administración a la reclamación ha de comportar dos actuaciones: satisfacer la debida indemnización y reparar el mobiliario urbano que ha causado el accidente.
Ahora bien, con la finalidad de que progrese la reclamación, se habrá de acreditar que el accidente es consecuencia del mal estado del mobiliario urbano, y para poder acreditar los hechos os aconsejamos:
a) Si sufres una caída, lo más aconsejable es solicitar ayudar a las personas que hayan presenciado el incidente, y conservar sus datos con la finalidad de que puedan declarar sobre los hechos.
b) Llama a la policía municipal y solicita que emitan un atestado de los hechos. En el atestado, la policía recogerá las causas y consecuencias de la caída y será muy importante para que pueda prosperar la reclamación.
c) Es aconsejable que solicites una ambulancia que re recoja en el lugar de los hechos, excepto si tes totalmente innecesaria esa asistencia.
d) En todo caso, es muy importante que, si sufres daños personales, sea cual sea la entidad de los daños, vayas inmediatamente a un centro médico para que te exploren y dejen constancia de esos daños, ya sean contusiones o lesiones de mayor gravedad.
e) Si no es necesaria la asistencia médica el mismo día del accidente, y vas al médico en días posteriores, será muy difícil acreditar la relación entre la caída y las lesiones sufridas.
f) En caso de que, a raíz de la caída, se hayan estropeado objetos personales como el teléfono móvil, gafas, ropa etc, estos daños también serán objeto de reclamación y, por tanto, es conveniente conservadora.
Ruth González Rando.
Abogada.